¿Por qué enero es el mes de máxima actividad en las asesorías? Te lo contamos
Por qué las asesorías estamos a pleno rendimiento en enero: Modelos y Presentaciones Clave ¨Este mes supone una auténtica prueba de fuego¨ Por qué enero es un mes clave para las asesorías: Todo lo que debes saber En el mes de enero, vuestra asesoría entra en 30 días de auténtica locura. No se trata solo de las presentaciones trimestrales habituales, sino también de un volumen extra de trabajo relacionado con los modelos anuales informativos que resumen toda la actividad fiscal del año anterior. Esto, combinado con la gestión de Seguros Sociales, Conceptos Retribuidos Abonados (CRA), nóminas, bajas, requerimientos de Hacienda e inspecciones de trabajo, convierte enero en el mes más intenso del año para cualquier asesoría. ¿Qué hace tan especial a enero? Enero no solo marca el inicio de un nuevo año fiscal, sino también el cierre oficial del ejercicio anterior. Esto significa que, además de las obligaciones habituales como el IVA trimestral (modelo 303), el pago fraccionado del IRPF (modelo 130) o las retenciones del IRPF (modelos 111 y 115), también deben presentarse los modelos anuales informativos, como el modelo 390, 180 o 190. Cada uno de estos modelos requiere precisión, análisis detallado de los datos y coordinación con los clientes para cumplir los plazos En Asesoría CyA, este mes supone una auténtica prueba de fuego, pero estamos aquí para que tú no tengas que preocuparte por nada. Nuestro equipo trabaja a pleno rendimiento para garantizar que todas las obligaciones de tu negocio se presenten en tiempo y forma. Necesita saber más de nosotros como asesoría Infórmate de todos nuestros servicios Click aquí Modelos con fecha límite hasta el 20 de enero Modelo 111: Retenciones del IRPF a Trabajadores y Profesionales ¿Qué es el modelo 111?El modelo 111 es el documento mediante el cual empresas y autónomos declaran las retenciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) que se han practicado durante el trimestre. Estas retenciones pueden aplicarse a las nóminas de los trabajadores, a las facturas emitidas por profesionales autónomos o a otras actividades empresariales específicas. ¿Para qué sirve?El modelo 111 tiene como finalidad informar y entregar a Hacienda los importes de IRPF retenidos. Por ejemplo: Si cuentas con empleados, sus nóminas incluirán una deducción de IRPF, que como empleador estás obligado a remitir a Hacienda trimestralmente mediante este modelo. En el caso de que trabajes con profesionales autónomos, el IRPF retenido en sus facturas también se declara aquí. Estos importes se consideran pagos «a cuenta» del IRPF del trabajador o profesional, y posteriormente se reflejan en su declaración de la Renta anual. ¿Quién debe presentarlo? Empresas y autónomos individuales que tengan trabajadores o contraten servicios de profesionales sujetos a retención. También están obligados en los siguientes casos: Trabajadores en nómina con IRPF a 0% (es obligatorio incluso si no hay retención). Facturas por actividades agrícolas, ganaderas o forestales. Facturas con obligación de retención del 1% de IRPF. Premios obtenidos en concursos o juegos. Ganancias patrimoniales por aprovechamientos forestales en montes públicos. Cesión de derechos de imagen. Frecuencia de presentación:Este modelo se presenta de manera trimestral o mensual (si estás inscrito en el Registro de Devolución Mensual de IVA –REDEME–). Ejemplo práctico:Si tienes empleados en tu empresa, en cada nómina se retiene un porcentaje de IRPF. Este importe acumulado lo declaras y liquidas a Hacienda trimestralmente a través del modelo 111. Lo mismo aplica si emites facturas a profesionales sujetos a retención. Modelo 115: Retenciones de IRPF en Alquileres ¿Qué es el modelo 115?El modelo 115 es una declaración que deben presentar autónomos y empresas para informar y liquidar trimestralmente las retenciones del IRPF practicadas en el pago de alquileres urbanos. Cuando alquilas un inmueble para desarrollar tu actividad económica (por ejemplo, una oficina o un local comercial), es obligatorio retener un porcentaje del importe total del alquiler a cuenta del IRPF del arrendador y liquidarlo con Hacienda mediante este modelo. ¿Para qué sirve?La finalidad del modelo 115 es que las retenciones que no se pagan directamente al arrendador sean ingresadas en Hacienda. Esto supone un pago «a cuenta» que el propietario del inmueble podrá deducir en su Declaración de la Renta. Por ejemplo, si alquilas una oficina, en la factura de alquiler mensual verás una retención del 19% (si el arrendador es una persona física). Este importe retenido debe ser declarado trimestralmente mediante el modelo 115. ¿Quién debe presentarlo? Autónomos y empresas que alquilen inmuebles urbanos afectos a su actividad económica. Excepciones: Alquileres de viviendas que las empresas pagan a sus empleados. Alquileres con una cuantía anual inferior a 900€. Contratos de leasing financiero o renting. Arrendadores que tributan bajo el epígrafe 861 del IAE (Régimen especial de arrendamientos). Rentas obtenidas por entidades totalmente exentas, según el artículo 9.1 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades. Frecuencia de presentación:Se presenta de forma trimestral o mensual, dependiendo del régimen fiscal del contribuyente. Ejemplo práctico:Supongamos que alquilas un local comercial por 1.000€ al mes y el propietario es una persona física. Cada mes, retienes un 19% de IRPF (190€), lo que significa que pagas al propietario 810€. Esos 190€ acumulados durante el trimestre (570€) los declaras y entregas a Hacienda mediante el modelo 115. Modelos con fecha límite hasta el 30 de enero Modelo 130: Pago Fraccionado del IRPF ¿Qué es el modelo 130?El modelo 130 es una declaración trimestral que deben presentar los autónomos que tributan en estimación directa (normal o simplificada) para adelantar el IRPF a Hacienda. A través de este formulario, los autónomos declaran sus ingresos, gastos y beneficios del trimestre y abonan un 20% de su beneficio neto como anticipo de la Declaración de la Renta anual. Características clave: Es un modelo acumulativo, lo que significa que en el cuarto trimestre se incluyen los resultados de todo el año. Los importes ingresados trimestralmente se descuentan posteriormente en la Declaración de la Renta. Si ya has adelantado más dinero del que debes, Hacienda lo reembolsará al realizar tu declaración anual. ¿Quién debe presentarlo? Autónomos dados de alta en actividades empresariales
¿Por qué enero es el mes de máxima actividad en las asesorías? Te lo contamos Leer más »

