Por qué las asesorías estamos a pleno rendimiento en enero:

Modelos y Presentaciones Clave

¨Este mes supone una auténtica prueba de fuego¨

Por qué enero es un mes clave para las asesorías: Todo lo que debes saber

En el mes de enero, vuestra asesoría entra en 30 días de auténtica locura. No se trata solo de las presentaciones trimestrales habituales, sino también de un volumen extra de trabajo relacionado con los modelos anuales informativos que resumen toda la actividad fiscal del año anterior. Esto, combinado con la gestión de Seguros Sociales, Conceptos Retribuidos Abonados (CRA), nóminas, bajas, requerimientos de Hacienda e inspecciones de trabajo, convierte enero en el mes más intenso del año para cualquier asesoría.

 

¿Qué hace tan especial a enero?

Enero no solo marca el inicio de un nuevo año fiscal, sino también el cierre oficial del ejercicio anterior. Esto significa que, además de las obligaciones habituales como el IVA trimestral (modelo 303), el pago fraccionado del IRPF (modelo 130) o las retenciones del IRPF (modelos 111 y 115), también deben presentarse los modelos anuales informativos, como el modelo 390, 180 o 190. Cada uno de estos modelos requiere precisión, análisis detallado de los datos y coordinación con los clientes para cumplir los plazos

En Asesoría CyA, este mes supone una auténtica prueba de fuego, pero estamos aquí para que tú no tengas que preocuparte por nada. Nuestro equipo trabaja a pleno rendimiento para garantizar que todas las obligaciones de tu negocio se presenten en tiempo y forma.

Necesita saber más de nosotros como asesoría

Infórmate de todos nuestros servicios

Modelos con fecha límite hasta el 20 de enero

 

Modelo 111: Retenciones del IRPF a Trabajadores y Profesionales

¿Qué es el modelo 111?
El modelo 111 es el documento mediante el cual empresas y autónomos declaran las retenciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) que se han practicado durante el trimestre. Estas retenciones pueden aplicarse a las nóminas de los trabajadores, a las facturas emitidas por profesionales autónomos o a otras actividades empresariales específicas.

¿Para qué sirve?
El modelo 111 tiene como finalidad informar y entregar a Hacienda los importes de IRPF retenidos. Por ejemplo:

  • Si cuentas con empleados, sus nóminas incluirán una deducción de IRPF, que como empleador estás obligado a remitir a Hacienda trimestralmente mediante este modelo.
  • En el caso de que trabajes con profesionales autónomos, el IRPF retenido en sus facturas también se declara aquí.

Estos importes se consideran pagos «a cuenta» del IRPF del trabajador o profesional, y posteriormente se reflejan en su declaración de la Renta anual.

¿Quién debe presentarlo?

  • Empresas y autónomos individuales que tengan trabajadores o contraten servicios de profesionales sujetos a retención.
  • También están obligados en los siguientes casos:
    • Trabajadores en nómina con IRPF a 0% (es obligatorio incluso si no hay retención).
    • Facturas por actividades agrícolas, ganaderas o forestales.
    • Facturas con obligación de retención del 1% de IRPF.
    • Premios obtenidos en concursos o juegos.
    • Ganancias patrimoniales por aprovechamientos forestales en montes públicos.
    • Cesión de derechos de imagen.

Frecuencia de presentación:
Este modelo se presenta de manera trimestral o mensual (si estás inscrito en el Registro de Devolución Mensual de IVA –REDEME–).

Ejemplo práctico:
Si tienes empleados en tu empresa, en cada nómina se retiene un porcentaje de IRPF. Este importe acumulado lo declaras y liquidas a Hacienda trimestralmente a través del modelo 111. Lo mismo aplica si emites facturas a profesionales sujetos a retención.


Modelo 115: Retenciones de IRPF en Alquileres

¿Qué es el modelo 115?
El modelo 115 es una declaración que deben presentar autónomos y empresas para informar y liquidar trimestralmente las retenciones del IRPF practicadas en el pago de alquileres urbanos. Cuando alquilas un inmueble para desarrollar tu actividad económica (por ejemplo, una oficina o un local comercial), es obligatorio retener un porcentaje del importe total del alquiler a cuenta del IRPF del arrendador y liquidarlo con Hacienda mediante este modelo.

¿Para qué sirve?
La finalidad del modelo 115 es que las retenciones que no se pagan directamente al arrendador sean ingresadas en Hacienda. Esto supone un pago «a cuenta» que el propietario del inmueble podrá deducir en su Declaración de la Renta.

Por ejemplo, si alquilas una oficina, en la factura de alquiler mensual verás una retención del 19% (si el arrendador es una persona física). Este importe retenido debe ser declarado trimestralmente mediante el modelo 115.

¿Quién debe presentarlo?

  • Autónomos y empresas que alquilen inmuebles urbanos afectos a su actividad económica.
  • Excepciones:
    • Alquileres de viviendas que las empresas pagan a sus empleados.
    • Alquileres con una cuantía anual inferior a 900€.
    • Contratos de leasing financiero o renting.
    • Arrendadores que tributan bajo el epígrafe 861 del IAE (Régimen especial de arrendamientos).
    • Rentas obtenidas por entidades totalmente exentas, según el artículo 9.1 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.

Frecuencia de presentación:
Se presenta de forma trimestral o mensual, dependiendo del régimen fiscal del contribuyente.

Ejemplo práctico:
Supongamos que alquilas un local comercial por 1.000€ al mes y el propietario es una persona física. Cada mes, retienes un 19% de IRPF (190€), lo que significa que pagas al propietario 810€. Esos 190€ acumulados durante el trimestre (570€) los declaras y entregas a Hacienda mediante el modelo 115.

Modelos con fecha límite hasta el 30 de enero

Modelo 130: Pago Fraccionado del IRPF

¿Qué es el modelo 130?
El modelo 130 es una declaración trimestral que deben presentar los autónomos que tributan en estimación directa (normal o simplificada) para adelantar el IRPF a Hacienda. A través de este formulario, los autónomos declaran sus ingresos, gastos y beneficios del trimestre y abonan un 20% de su beneficio neto como anticipo de la Declaración de la Renta anual.

Características clave:

  • Es un modelo acumulativo, lo que significa que en el cuarto trimestre se incluyen los resultados de todo el año.
  • Los importes ingresados trimestralmente se descuentan posteriormente en la Declaración de la Renta.
  • Si ya has adelantado más dinero del que debes, Hacienda lo reembolsará al realizar tu declaración anual.

¿Quién debe presentarlo?

  • Autónomos dados de alta en actividades empresariales o profesionales en estimación directa, salvo que más del 70% de sus ingresos hayan sido facturados con retención.
  • Participantes en comunidades de bienes, quienes deben declarar según el porcentaje de beneficios que les corresponda.

Excepciones:
No debes presentar el modelo 130 si:

  • Más del 70% de tu facturación lleva retención.
  • Estás en el régimen de estimación objetiva (debes presentar el modelo 131).

Ejemplo práctico:
Si en un trimestre facturaste 10.000€ y tus gastos fueron de 4.000€, el beneficio neto sería de 6.000€. De este importe, debes ingresar un 20% (1.200€) como adelanto del IRPF.


Modelo 131: Pago Fraccionado del IRPF en Módulos

¿Qué es el modelo 131?
El modelo 131 es similar al 130, pero está dirigido a los autónomos que tributan en el régimen de estimación objetiva (módulos). Este régimen se basa en parámetros predeterminados, como la actividad económica, el número de empleados o la superficie del local, en lugar de los ingresos reales.

¿Quién debe presentarlo?

  • Autónomos que tributan en módulos.
  • Participantes en comunidades de bienes que declaran en función de su porcentaje de participación en los beneficios.

Requisitos para tributar en módulos:

  • Ingresos anuales inferiores a 250.000€.
  • Facturación a otras empresas o profesionales no superior a 125.000€.
  • Actividades incluidas en el régimen de módulos, como hostelería, transporte o comercio.

Ejemplo práctico:
Si eres dueño de una pequeña cafetería y tributas en módulos, el modelo 131 calcula los pagos fraccionados en función de parámetros como el tamaño del local o el número de empleados, independientemente de los ingresos reales.


Modelo 303: Declaración Trimestral del IVA

¿Qué es el modelo 303?
El modelo 303 es la declaración trimestral del IVA, en la que informas a Hacienda sobre la diferencia entre el IVA que has cobrado a tus clientes (IVA repercutido) y el IVA que has pagado a tus proveedores (IVA soportado).

¿Quién debe presentarlo?

  • Autónomos, empresas, asociaciones, cooperativas y cualquier profesional que realice actividades sujetas a IVA.
  • Arrendadores de inmuebles o promotores inmobiliarios.

Excepciones:
No deben presentar este modelo quienes realicen actividades exentas de IVA, como servicios médicos, educativos o sanitarios.

Estructura del modelo:

  1. IVA devengado:
    • Indica los ingresos generados y el tipo de IVA aplicado (21%, 10%, 4%).
    • Incluye ajustes como devoluciones o facturas rectificativas.
  2. IVA deducible:
    • Especifica los gastos con IVA deducible, como compras corrientes o bienes de inversión.
    • Diferencia entre operaciones nacionales e intracomunitarias.

Resultado del modelo:

  • Si el IVA repercutido supera al soportado, el resultado será a ingresar.
  • Si el IVA soportado es mayor, el resultado será negativo y podrá compensarse en futuras declaraciones.

Ejemplo práctico:
Imagina que facturaste 10.000€ con un IVA del 21% (2.100€ de IVA repercutido) y tus gastos fueron de 5.000€ con un IVA del 21% (1.050€ de IVA soportado). Deberás ingresar la diferencia (1.050€) a Hacienda.


Modelo 349: Operaciones Intracomunitarias

¿Qué es el modelo 349?
El modelo 349 es una declaración informativa en la que detallas las operaciones de compraventa realizadas con empresas o profesionales de otros países de la Unión Europea.

¿Quién debe presentarlo?

  • Empresas y autónomos inscritos en el Registro de Operaciones Intracomunitarias (ROI) con CIF intracomunitario.
  • Obligatorio si has realizado ventas o compras sin IVA a empresas dentro de la UE.

Plazos de presentación:

  • Mensual: Si las operaciones superan los 50.000€.
  • Bimestral: Si al finalizar el segundo mes del trimestre superas los 100.000€.
  • Trimestral: Para el resto de los casos.

Ejemplo práctico:
Si tienes un cliente en Francia y le vendes productos por valor de 10.000€, deberás incluir esta operación en el modelo 349.


Modelo 390: Resumen Anual del IVA

¿Qué es el modelo 390?
El modelo 390 es un resumen anual de todas las operaciones de IVA realizadas durante el año, basándose en las declaraciones trimestrales del modelo 303.

¿Quién debe presentarlo?

  • Profesionales y empresas que hayan presentado el modelo 303.

Exenciones:

  • Autónomos en módulos.
  • Actividades exentas de IVA.

Importante:
El descuadre entre el modelo 390 y los modelos 303 puede dar lugar a inspecciones tributarias. Asegúrate de que los datos sean consistentes.

Ejemplo práctico:
Si en los cuatro trimestres del año declaraste un total de 8.000€ de IVA repercutido y 5.000€ de IVA soportado, el modelo 390 reflejará estos totales y confirmará que has ingresado la diferencia (3.000€) a Hacienda.

Modelos con fecha límite hasta el 31 de enero

Modelo 180: Resumen Anual de Retenciones en Alquileres

¿Qué es el modelo 180?
El modelo 180 es una declaración informativa anual en la que se detalla a Hacienda toda la información sobre las retenciones practicadas en el IRPF o en el Impuesto sobre Sociedades por los pagos de alquileres de inmuebles urbanos (oficinas, locales, naves, talleres) que se hayan declarado trimestralmente en el modelo 115.

¿Para qué sirve?
Este modelo amplía y recopila la información presentada durante el año en el modelo 115, especificando los importes retenidos y a quiénes se han practicado estas retenciones.

¿Quién está obligado a presentarlo?
Están obligados a presentar este modelo:

  • Autónomos y empresas que alquilen inmuebles urbanos para el desarrollo de su actividad económica.
  • Personas físicas o jurídicas que ya hayan presentado el modelo 115 de forma trimestral.

Ejemplo práctico:
Si alquilas una oficina y has retenido un 19% de IRPF en las facturas de alquiler durante el año, el modelo 180 debe detallar todas esas retenciones acumuladas y especificar los datos del arrendador.


Modelo 190: Resumen Anual de Retenciones del IRPF

¿Qué es el modelo 190?
El modelo 190 es una declaración informativa que complementa al modelo 111, donde trimestralmente se declararon las retenciones de IRPF practicadas a trabajadores, profesionales autónomos y empresarios. Este modelo recopila toda la información anual sobre esas retenciones y las detalla para cada perceptor.

¿Para qué sirve?
Sirve para que Hacienda tenga un resumen completo y detallado de todas las retenciones realizadas durante el ejercicio fiscal, incluyendo:

  • Rendimientos del trabajo (nóminas).
  • Rendimientos de actividades económicas (profesionales, agrícolas, ganaderas, forestales).
  • Premios obtenidos en juegos y concursos.
  • Rendimientos de propiedad intelectual, arrendamiento de bienes muebles y derechos de imagen.

¿Quién debe presentarlo?
Deben presentar el modelo 190 todos los autónomos y empresas que hayan declarado retenciones de IRPF en el modelo 111.

Ejemplo práctico:
Si tienes empleados en nómina y has practicado retenciones del IRPF a lo largo del año, el modelo 190 detalla cuánto se ha retenido a cada trabajador y a otros perceptores (como profesionales autónomos).


Modelo 184: Declaración Informativa de Atribución de Rentas

¿Qué es el modelo 184?
El modelo 184 es una declaración informativa que deben presentar las entidades en régimen de atribución de rentas, como comunidades de bienes, sociedades civiles sin objeto mercantil o herencias yacentes. Este modelo detalla cómo se distribuyen las rentas obtenidas por la entidad entre sus socios, herederos o comuneros.

¿Para qué sirve?
Este modelo informa a Hacienda de las rentas generadas por la entidad y atribuidas a sus miembros, permitiendo que estos las incluyan en sus respectivas declaraciones de IRPF o Impuesto sobre Sociedades.

¿Qué entidades están obligadas a presentarlo?

  • Comunidades de bienes: Incluidas comunidades de propietarios.
  • Herencias yacentes: Bienes de una herencia aún no adjudicada.
  • Sociedades civiles sin objeto mercantil: Actividades agrícolas, ganaderas, forestales o profesionales.
  • Entidades extranjeras: Similares a las entidades en atribución de rentas en España.

¿Qué se declara?
Se deben incluir:

  • Los ingresos obtenidos por la entidad.
  • Las rentas atribuidas a cada miembro.
  • Las bases de deducción y las retenciones realizadas.

Ejemplo práctico:
Si una comunidad de bienes genera 20.000€ en ingresos anuales y está formada por dos socios al 50%, cada socio deberá declarar 10.000€ en su IRPF. El modelo 184 detalla estas cifras y notifica a Hacienda cómo se han repartido los ingresos.

Recomendaciones para mantener los papeles en regla y ayudar a tu gestor

Cumplir con las obligaciones fiscales puede ser sencillo si sigues estas recomendaciones para facilitar la gestión de tus documentos y evitar imprevistos. ¡Ayudar a tu gestor también es ayudarte a ti mismo!


1. Organiza tu Documentación Regularmente

  • Facturas de Ingresos y Gastos: Clasifica y guarda todas las facturas de ventas y compras. Lo ideal es organizarlas por fecha y por trimestre.
  • Alquileres y Retenciones: Ten una carpeta específica para contratos de alquiler y justificantes de retenciones del IRPF (por ejemplo, modelos 115 y 180).
  • Nóminas y Contratos de Empleados: Si tienes trabajadores, guarda sus nóminas, contratos y cualquier cambio o incidencia laboral en una carpeta separada.
  • Recibos Bancarios: Archiva los justificantes de pagos a Hacienda, Seguridad Social, facturas y otras transferencias.

Consejo: Digitaliza toda tu documentación con herramientas como Google Drive, Dropbox o un software especializado para evitar extravíos y facilitar el acceso.


2. Sé Puntual con la Entrega de Documentos

  • Entrega tus facturas y toda la documentación al gestor antes del cierre del trimestre. Esto evita prisas de última hora y posibles errores en las declaraciones.
  • Si realizas operaciones intracomunitarias o tienes movimientos extraordinarios, notifícalo a tu gestor con antelación.

Consejo: Marca en tu calendario las fechas clave de presentación (20, 30 y 31 de enero) para no retrasarte.


3. Utiliza Herramientas Digitales para la Gestión

Hoy en día, existen plataformas que automatizan la contabilidad y permiten a tu gestor trabajar de manera más eficiente:

  • Programas de Facturación Electrónica: Herramientas como Holded, FacturaDirecta o Billage te permiten emitir facturas y enviarlas directamente a tu gestor.
  • Gestión de Gastos: Aplicaciones como Fintonic o Expensify ayudan a registrar y categorizar tus gastos automáticamente.
  • Herramientas de Firma Digital: Simplifican la validación de documentos para evitar desplazamientos innecesarios.

Consejo: Consulta con tu asesor qué programas son compatibles con sus sistemas.


4. Comunica Cambios Relevantes de Forma Inmediata

Si has cambiado algo en tu negocio (dirección fiscal, ampliación de actividad, contratación de empleados, etc.), informa a tu asesor lo antes posible para actualizar tu situación fiscal y evitar problemas con Hacienda.


5. Ten al Día tus Pagos a Hacienda y Seguridad Social

  • Evita deudas: Asegúrate de que todos tus pagos trimestrales (modelos 130, 131, 303, etc.) y mensuales (Seguros Sociales) están al día.
  • Controla tus aplazamientos: Si tienes algún pago fraccionado, revisa las fechas de vencimiento para no incurrir en sanciones.

6. Solicita Asesoramiento en Subvenciones o Ayudas con antelación

Existen numerosas subvenciones y bonificaciones fiscales que pueden ayudarte a ahorrar. Pregunta a tu asesor antes de cierre de año sobre:

  • Contrataciones bonificadas.
  • Ayudas para autónomos.
  • Subvenciones para digitalización y sostenibilidad.

Consejo: Mantente informado sobre las convocatorias que publica tu Comunidad Autónoma.


7. Haz Revisiones Periódicas de tu Contabilidad

  • Revisa trimestralmente los ingresos y gastos junto con tu asesor para evitar descuadres o errores.
  • Realiza un análisis anual para optimizar tu rendimiento fiscal y aprovechar deducciones.

8. Establece una Relación Fluida con tu Asesoría

  • Comunicación constante: Resuelve cualquier duda al momento y mantén una comunicación abierta con tu asesor.
  • Confianza y transparencia: Asegúrate de informar de todos los movimientos financieros para que tu asesor pueda trabajar con precisión.

Conclusión: enero, el mes de más trabajo en tu asesoría

Ahora sabes por qué enero es tan intenso para las asesorías como Asesoría CyA. Este mes, además de cumplir con las obligaciones trimestrales, cerramos el ejercicio anual y presentamos todos los modelos informativos, asegurándonos de que tu negocio cumpla con la normativa vigente.

En Asesoría CyA, entendemos lo importante que es para ti mantener todo en regla. Por eso, dedicamos nuestro tiempo, esfuerzo y experiencia para que no tengas que preocuparte por nada. Enero es intenso, pero con nosotros, es más sencillo.

Si tienes dudas sobre alguno de los modelos mencionados o necesitas ayuda con tus obligaciones fiscales, contacta con nosotros. Estamos aquí para ayudarte a empezar el año con buen pie.

Aún tienes dudas de los modelos que tienes que presentar

Llámanos ahora y reserva tu cita

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *